Sura 65 AL-Talaq (El divorcio)
Comentarios de Sheij Khaled Abou El Fadl (USULI INSTITUTE - www.usuli.org)
Corán en español usado: Traducción al español realizada por Abdurrasak Pérez desde la versión en inglés de Muhammad Assad.
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EN EL NOMBRE DE DIOS, EL MÁS MISERICORDIOSO, EL DISPENSADOR DE GRACIA:
(1) ¡OH PROFETA! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo con vistas al período de espera señalado para ellas, y calculad [bien] el período, y sed conscientes de Dios, vuestro Sustentador.
No las expulséis de sus casas; y tampoco deberán [verse obligadas a] marcharse salvo que sean culpables de una indecencia manifiesta.
Estos son los límites fijados por Dios –y quien transgrede los límites fijados por Dios peca en verdad contra sí mismo: [pues, Oh hombre,] sin saberlo tú, puede que después de esa [primera ruptura] Dios haga surgir algo nuevo.
(2) Luego, cuando lleguen al final de su período de espera, o bien las retenéis en forma honorable o las dejáis ir en forma honorable. Y que dos personas justas de vuestra comunidad sean testigos [de lo que habéis decidido]; y dad fiel testimonio ante Dios: a esto se exhorta a todo aquel que cree en Dios y en el Último Día.
Y a quien es consciente de Dios, Él le da [siempre] una salida [de la desdicha], (3) y le provee de una forma insospechada; y para aquel que pone su confianza en Dios, Él [solo] le basta.
Realmente, Dios consigue siempre Su propósito: [y,] en verdad, Dios ha asignado a cada cosa su [plazo y su] medida.
(4) En cuanto a aquellas de vuestras mujeres que han pasado la edad de la menstruación, y aquellas que no la tienen, su período de espera –si tenéis duda [al respecto]—será de tres meses [lunares]; y para las que estén embarazadas, el fin de su período de espera llegará cuando queden libres de su carga.
Y a quien es consciente de Dios, Él le facilita la obediencia a Su mandamiento: (5) [pues] todo esto es mandamiento de Dios, que Él ha hecho descender para vosotros. Y a quien es consciente de Dios, Él le perdonará sus malas acciones, y le concederá una magnífica recompensa.
(6) [Así pues,] dejad que las mujeres [en período de espera] vivan donde vosotros vivís, conforme a vuestros medios; y no las importunéis con ánimo de molestarlas. Y si están embarazadas, gastad en su manutención hasta que queden libres de su carga; y si amamantan a vuestra descendencia [una vez confirmado el divorcio], dadles su [justa] retribución; y deliberad juntos en forma honorable [sobre el futuro del niño]. Y si ambos veis difícil [que la madre amamante al niño], haced que otra mujer lo amamante por cuenta de aquel [que lo engendró].
(7) ¡Que aquel con abundantes medios gaste conforme a su abundancia; y aquel cuyos medios de subsistencia sean parcos gaste conforme a lo que Dios le ha dado! Dios no exige a nadie más de lo que le ha dado –[y quizá,] tras la dificultad, Dios dará facilidad.
(8) ¡Y CUÁNTAS comunidades se apartaron con desdén del mandato de su Sustentador y de Sus enviados! –y entonces les ajustamos cuentas con un ajuste severo, y les castigamos con un castigo inefable: (9) y saborearon así el mal fruto de su conducta: pues, [en este mundo,] la consecuencia de su conducta fue la perdición, (10) [pero] Dios les ha preparado un castigo [aún más] severo [en la Otra Vida].
¡Sed, pues, conscientes de Dios, Oh vosotros dotados de perspicacia –[vosotros] que habéis llegado a creer!
Dios ha hecho en verdad descender un recordatorio para vosotros: (11) [ha suscitado] un enviado que os transmite los claros mensajes de Dios, para que Él saque de las tinieblas a la luz a los que han llegado a creer y hacen buenas obras.
Y a quien crea en Dios y obre con rectitud, Él le hará entrar en jardines por los que corren arroyos, en donde morará más allá del cómputo del tiempo: ¡en verdad, Dios le habrá concedido una excelente provisión!
(12) DIOS es quien ha creado siete cielos, y otras tantas tierras. A través de todos ellos desciende, incesante, Su voluntad [creadora], para que sepáis que, ciertamente, sólo Dios tiene poder para disponer cualquier cosa, y que en verdad Dios abarca todo con Su conocimiento.
COMENTARIOS DEL SHEIJ KHALED ABOU EL-FADL
Sura Al-Talaq fue revelada en Medina, y hay una serie de reportes que la posicionan después de la revelación de sura Al-Insan y justo antes de sura Al-Bayyina, y hay otros reportes que indican que fue revelada justo antes de sura Al-Hashr. Si esto es así, esta sura entonces habría sido revelada después de sura La-Vaca, de sura Al-‘Imran, de sura Las-Mujeres, de sura Al-Zalzala, de sura Al-Hadith, y de sura Al-Rahman, y eso indicaría que ella pertenece al período medio de Medina.
Uno de los reportes muy tempranos de la época islámica indica que a esta sura también se le llamó sura Al-Nisa al Kusra, que significa “la sura corta de las mujeres”. Esta designación, o esta propuesta de denominación que tuvo sura Al-Talaq, no fue adoptada por las autoridades de la época, y es por ello por lo que prevaleció el nombre que usamos hoy en día. Pero es comprensible el por qué algunos de las primeras generaciones la llamaron como Al-Nisa al Kusra, y es porque como veremos, ella trata fundamentalmente sobre la situaciones existentes en Medina que involucraba a las mujeres.
Lo que es fascinante de esta sura es que cuando estudias el contenido, de muchas maneras y formas, es como si ella fuera un adenda de sura La-Vaca, particularmente de la parte de ella que habla sobre el divorcio y el período de espera de las mujeres. Hay varios reportes que dicen que sura La-Vaca aborda los temas del divorcio y del período de espera pero que dejó un vacío en la ley, y que ese vacío estaba asociado al período de espera cuando las mujeres estaban embarazadas, al período de espera cuando las mujeres habían pasado su edad de menstruación, y al asociado a mujeres que por problemas médicos no menstruaban. Algunos de esos reportes que tú puedes encontrar en las tradiciones indican que la gente de Medina comenzó a realizar preguntas sobre estas situaciones particulares que no habían sido abordadas por sura La-Vaca, y que debido a ello fue posteriormente revelada sura Al-Talaq.
Estos relatos son muy numerosos y acumulativos, por lo que probablemente en efecto estaban expresando, o dando expresión, a una realidad histórica. Es claro que la gente estaba haciendo preguntas sobre estos temas, pero decir que de hecho esa es la ocasión, y la razón primaria o principal para la revelación de esta sura, creo que es un asunto más complicado, no creo que sea simplemente una laguna en la ley.
Entre los reportes existen algunos, y debo decir que son bastante curiosos, que indican que el Profeta (BP) divorció a una de sus mujeres llamada Hafsa, y según los reportes se debió a que el Profeta (BP) le había contado un secreto que debía mantenerlo como tal, sin embargo, los reportes indican que ella no habría cumplido con mantener el secreto y se lo habría contado a Aisha (que Dios la Bendiga), y eventualmente esa fue la razón por la cual la divorció. Pero luego los reportes indican que Dios le habría dicho al Profeta (BP) que Hasfa sería una de sus mujeres en el paraíso, por lo cual él tuvo que volver al matrimonio con ella. Entonces dichos reportes indican que esta fue la razón por la cual esta sura fue revelada. Si analizamos estos reportes desde la perspectiva de sus cadenas de transmisión debo indicarles que hay muchos problemas con ellas, incluyendo situaciones como por ejemplo que en la cadena de transmisión hay transmisores sin su nombre indicado, hay también saltos temporales entre lo supuestamente indicado por el Profeta (BP) y el primero en decir que lo escuchó de él, y entonces definitivamente hay problemas con la confiabilidad de las cadenas de transmisión. Otro tema es que el Profeta (BP) realmente haya divorciado a Hafsa, en lo personal tengo una gran duda sobre esto y sobre toda esa narrativa. En todos esos reportes que se menciona esta historia, en ninguno de ellos se indica quién le dijo que Hafsa sería su esposa en el paraíso, ¿fue el arcángel Gabriel (P) quien le dijo, fue por medio de un sueño, de una inspiración?, y en realidad hay varias otras preguntas que uno se hace sobre la narrativa que me llevan a tener grandes sospechas tanto sobre la veracidad de ella en términos históricos, y sobre que esta situación fuese la razón por la cual sura Al-Talaq fue revelada.
Hay otras narrativas reportadas. Una de ellas indica que Ibn Omar divorció a su esposa, y que él lo hizo durante el período menstrual de ella, y que frente a esta situación Omar ibn Al Jattab (Que Dios lo Bendiga) fue donde el Profeta (BP) y le contó esto, y entonces el Profeta (BP) le indicó que le dijera a Ibn Omar que eso era impropio, y que no podía divorciarla durante su período menstrual. El reporte continua e indica que un divorcio correcto debe ser durante el período en el cual la mujer esté pura y no haya tenido relaciones sexuales, y si tuvo relaciones sexuales entonces se debe esperar al próximo período de pureza, después de la menstruación, para proceder a divorciarla. De acuerdo a estos reportes esta fue la ocasión en la cual sura Al-Talaq fue revelada.
Hay otro reporte que habla de una persona llamada Ab-iazeed, y en esos reportes se indica que esta persona divorció a su esposa durante su período menstrual. El reporte indica que el Profeta (BP) al saber de ello le indicó que eso era algo impropio, y se indica que esa fue la razón por la cual esta sura fue revelada. El reporte es bastante complejo, pero lo que es más extraño es que esta persona murió antes de la profecía de Muhammad (BP), y por lo tanto lo que se indica es imposible que sucediera.
Lo que sí podemos decir es que todos estos reportes apuntan a una realidad histórica en la sociedad de Medina, y que lamentablemente no se encuentra mencionada en muchos de los textos asociados a los tafsir, pero que tú sí puedes encontrar si estudias los hadith de esa época, en los cuales encuentras que una buena cantidad de ellos hablan de los problemas que los musulmanes tenían en dicha sociedad en relación al tema del divorcio.
En la práctica preislámica en Arabia y especialmente en Medina, es claro que el concepto del tiempo de espera no existía antes del islam, y la práctica normal era que la gente, luego de divorciarse, no se mantenía fuera del matrimonio por mucho tiempo. Tenemos reportes que indican que los divorcios, que a menudo eran asuntos familiares, ocurrían porque de hecho la familia tenía en mente un alternativa de matrimonio más conveniente, ya sea para el hombre o para la mujer, y entonces la idea era divorciarse y que de forma inmediata se realizara el matrimonio con la otra persona que la familia deseaba. Esto muchas veces sucedía cuando el hombre no podía tener simultáneamente dos o tres esposas, o cuando la familia de la primera esposa no aprobaba que él se casara con una segunda mujer.
Otro asunto es que, aun cuando se había revelado sura La-Vaca, se mantenía la tendencia de que inmediatamente después del divorcio el hombre enviara a su exesposa de vuelta con la familia de ella para que allí pasara el tiempo de espera en lugar de la casa donde vivían como matrimonio.
Otra práctica que estaba firmemente anclada en la sociedad de Medina era que una vez que el divorcio ocurría la mujer ya no era una responsabilidad financiera para el marido, y entonces si ella estaba en su tiempo de espera, o si estaba embarazada, él se desentendía de su responsabilidad financiera, y dicha responsabilidad pasaba a ser de la familia de ella.
Ustedes pueden encontrar varias narraciones interesantes que hablan de la dificultad que existía para que se modificaran dichas prácticas sociales, aun cuando sura La-Vaca ya había sido revelada, y como veremos, es muy importante entender ese contexto social al estudiar sura Al-Talaq.
Veremos que esta sura, según la opinión de muchos eruditos, tiene dos secciones principales. Ella en primer lugar se dirige inmediatamente hacia el tema legal asociado a las leyes prescriptivas, y luego en la segunda parte ella da un paso atrás y nos habla sobre las normas morales generales. Esta conexión entre la ley prescriptiva y las normas morales rara vez se ha hecho notar en la tradición islámica, aun cuando en realidad es una parte muy crítica del mensaje de esta sura.
La sura comienza hablándole directamente al Profeta (BP), y es por ello por lo que muchos comentadores del Corán han dicho que ello se debe a la supuesta ocasión asociada al Profeta (BP) pidiéndole el divorcio a Hafsa, pero aun cuando se dirige a él, luego se dirige a todo los seguidores del Profeta (BP).
Entonces se inicia la sura,
(1) ¡OH PROFETA! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo con vistas al período de espera señalado para ellas, y calculad [bien] el período, y sed conscientes de Dios, vuestro Sustentador.
No las expulséis de sus casas; y tampoco deberán [verse obligadas a] marcharse salvo que sean culpables de una indecencia manifiesta.
Estos son los límites fijados por Dios –y quien transgrede los límites fijados por Dios peca en verdad contra sí mismo: [pues, Oh hombre,] sin saberlo tú, puede que después de esa [primera ruptura] Dios haga surgir algo nuevo.
La primera parte del versículo establece que en todo divorcio debe haber un período de espera, y que esto no puede ser violado, y como ya les indiqué, sobre esto había resistencia en cumplirlo dentro de la sociedad de Medina, incluso luego de la revelación de sura La-Vaca. También nos indica que el cálculo y la determinación del tiempo de espera es relevante, no es algo que se deba tomar livianamente.
Uno de los debates que surgieron debido a algunas discusiones sobre la gramática de la primera parte del versículo fue que si se contaba el período de espera en términos de ciclos menstruales o períodos de pureza. No tiene sentido que les mencione toda la discusión sobre esto, pero probablemente la opinión correcta es que se debe contar en base a los períodos de pureza en lugar de ciclos menstruales, lo que implica que el período de espera se haga un poco más largo.
El segundo elemento que inmediatamente se plantea es el tema de la expulsión. Muchos estudiosos del Corán notaron que el versículo dice que la mujer que está siendo divorciada no puede ser expulsada ni obligada a marcharse de su casa. Ahora, la práctica social era que la casa era siempre una responsabilidad del marido, era el hombre quién debía comprar o aportar la casa donde viviría con su esposa, y cuando se producía el divorcio la mujer debía salir de esa casa y volver a vivir con su familia. Los estudiosos del Corán hicieron una pausa en este punto y se preguntaron: ¿por qué el Corán se refiere a dicha casa como la casa de “ellos”? (En la traducción en uso el término se interpreta como “sus casas”). Entonces muchos de ellos indicaron que lo que está haciendo el Corán es enfatizar que, éticamente más que legalmente, mientras el matrimonio continúe, incluido el período de espera, todavía se considera el hogar de ella, por lo que, aunque el título legal de propiedad de la casa pertenece al esposo, como cuestión de ética, esta también debe tratarse como el hogar de ella y, por lo tanto, no se la puede obligar a abandonar el hogar durante este período de espera.
Ahora, en la jurisprudencia islámica han existido discusiones prolongadas sobre este tema de la residencia en la casa conyugal. Los debates son muy extensos, así que se los diré de la siguiente forma. Algunos concibieron este hecho de estar en la casa conyugal durante el tiempo de espera como si, desde nuestra perspectiva moderna, fuera como un período de detención, y entonces la mujer durante ese período no podía salir de dicha casa bajo ninguna razón. Luego de este concepto general, y en el desarrollo de la jurisprudencia islámica clásica, se generaron muchas discusiones si la mujer podía salir de la casa si el marido la autorizaba, o si podía salir de la casa si lo hacía junto al marido, y así muchas otras circunstancias. Otros dijeron que ella podía salir de la casa si lo necesitaba por alguna razón muy importante que se lo requiriera.
Hay una narración en las tradiciones islámicas sobre esta materia que siempre ha capturado mi atención, y lo que merece atención de ella es su lección moral. En ella se indica que un hombre llamado Yaber ibn Abdul-lah divorció a su mujer, y que ella tenía una granja, y que entonces ella quiso pasar el período de espera en su granja para cuidar de ella, pero el hombre le dijo que no podría hacerlo. Ella, de alguna forma, logró que su reclamo por esta situación llegara a ser conocido por el Profeta (BP), y cuando él supo de esto indicó que ella sí podría ir a su granja a pasar el tiempo de espera, y en la narración se indica que cuando el Profeta (BP) justificó el por qué ella podía dejar la casa conyugal para ir a su granja, él no dijo porque era algo necesario que ella debía hacer, sino que dijo que tal vez ello sería el medio para que ella diera caridad o hiciera algún bien. Observen la razón moral que da el Profeta (BP), algo tan alejado de nuestra mente moderna, su foco estaba puesto en lo moral, que es una actitud muy diferente que tener el foco puesto en las cosas materiales. La razón no fue que ella necesitaba ir a su granja para cuidarla porque era su derecho el proteger su interés financiero, sino que la mente del Profeta (BP) puso inmediatamente el foco en lo ético, y que era la bondad que ella podía realizar, y debido a esa bondad que ella podía realizar le debería ser permitido dejar su casa conyugal. Ahora, esta tradición que es muy interesante no fue muy considerada en el desarrollo jurídico islámico.
Por ahora solo les estoy comentando lo que la tradición indica, posteriormente les indicaré mi interpretación sobre la sura.
El versículo nos menciona que el hombre puede no respetar el tiempo de espera en el caso que la mujer cometa un acto inmoral, y para ello el Corán usa la palabra árabe “mubai-ina”. Algunos traductores del Corán han indicado que esta palabra se refiere al caso en que la mujer llegue a ser abierta y públicamente culpable de un acto inmoral. La mayoría de los juristas indicaron que esta palabra árabe se refiere a conductas inmorales que deben ser testificadas, es decir, que debe haber testigos de dicho acto inmoral, y con la exigencia de que esos testigos sean confiables, por lo cual no sirve solo el testimonio del marido. Lo que el Corán está estableciendo es que en estos casos debe haber un proceso, no es suficiente el deseo o lo que el marido diga.
Ahora, en la tradición jurídica islámica se generaron extensas discusiones sobre el tipo de conducta inmoral de la cual estaba hablando el Corán, y si ellas estaban limitadas solo a malas conductas sexuales, que son acciones que no llegan al adulterio o la fornicación y que por lo tanto no necesitan 4 testigos, pero sobre la cual debe haber pruebas y evidencias de dicha mala conducta sexual. Algunos se preguntaron si se debían incluir conductas inmorales distintas a temas sexuales, que podrían ser cosas como usar y hablar obscenidades de la familia del marido, y la razón de esto es que, aparentemente, en el período del califato de Omar ibn Al Jattab entre los primeros casos que surgieron sobre esto fue que una mujer, aparentemente, maldecía permanentemente a su suegra durante el tiempo de espera, y ella usaba palabras muy obscenas. Entonces el reporte indica que él fue a reclamar sobre esta situación, no recuerdo si el reclamo lo hiso directamente a Omar o si fue donde un gobernador, y él reclamó que eso debía considerarse como un acto inmoral. Finalmente el reporte indica que se le dio la razón al hombre y la mujer debió regresar a la casa de su familia.
Luego el versículo hace énfasis en que nosotros no tenemos elección sobre este tema, y cuando el Corán hace esto, el indicar que se debe cumplir algo que anteriormente ya ha sido indicado, es una buena señal de que había algo que seguía persistiendo en la sociedad de Medina, en otras palabras, que había una resistencia social para transformar esa práctica.
Hacia el final del versículo Dios nos indica que nosotros no sabemos, pero que ÉL puede facilitar algo.
Acá debemos hacer una pausa y reflexionar. Podemos ver dos cosas, en primer lugar lo que los tafsir tradicionales entendieron de esto, y luego reflexionar sobre la parte más interpretativa en la que podemos involucrarnos.
Entonces veamos primero la parte de los tafsir tradicionales. La mayoría de los tafsir del Corán indicaron que cuando Dios nos dice que nosotros no sabemos pero que tal vez ÉL hará que algo surja, lo tomaron como una parte del propósito del período de espera.
Pensemos lo siguiente, en sura Al-Ahzab se nos indica que si dos personas se casan y no consuman el matrimonio, si hay divorcio antes de la consumación del matrimonio, entonces no hay período de espera. Entonces, ¿cuál es el asunto relevante con relación al período de espera? Por lo indicado en sura Al-Ahzab pareciera que el asunto del período de espera es el asegurar que la mujer no esté embarazada. Pero hay un tema, si ese es el punto relevante del período de espera, entonces tú no necesitas 3 ciclos menstruales en el caso donde el matrimonio sí se ha consumado para asegurar que no hay embarazo. Ahora, podría un ciclo menstrual no ser suficiente, incluso si no se está seguro de si es un ciclo menstrual o solo sangrado, ¿pero esperar tres ciclos menstruales? Curiosamente esto cobra especial importancia en nuestra era moderna, ya que si el propósito del período de espera es simplemente asegurarse de que no haya un embarazo, hoy en día tenemos medios para averiguarlo de inmediato sin tener que pasar por el período de espera. Y el hecho de que, como nos indica sura Al-Ahzab, si no se ha consumado el matrimonio no haya período de espera, ¿qué parece indicar? Que si se puede determinar que no hay embarazo entonces no hay que preocuparse por el período de espera. Pero esto no es así, no es así por esta condición que indica Dios al final del versículo: “Estos son los límites fijados por Dios –y quien transgrede los límites fijados por Dios peca en verdad contra sí mismo: [pues, Oh hombre,] sin saberlo tú, puede que después de esa [primera ruptura] Dios haga surgir algo nuevo”. Dado que Dios dijo esto en este versículo los juristas musulmanes debieron hacer una pausa y reflexionar lo siguiente: “tal vez el período de espera no tiene que ver con solo asegurarse que no hay embarazo, sino que efectivamente también es un período de reflexión, y tal vez durante ese tiempo los corazones se pueden reconciliar”.
Dado lo anterior los juristas musulmanes comenzaron a lidiar con otro asunto, y es que el Corán dice que la mujer tiene el derecho de permanecer en la casa conyugal durante el período de espera, ¿pero qué pasa con el marido?, ¿el marido se puede ir de la casa conyugal?, porque el marido entonces podría decir, después del divorcio, “tú te quedas en la casa conyugal y yo me voy a vivir con mi familia”. Pero si el asunto de una reconciliación potencial es mandatorio entonces la respuesta a esta pregunta es que el marido debe permanecer con la mujer bajo el mismo techo durante el período de espera. Ahora, si esto es solo una recomendación, entonces la respuesta sería que no es obligatorio que el hombre permanezca bajo el mismo techo, porque si Dios quiere reconciliar los corazones lo hará ya sea que ellos estén bajo el mismo techo o no. Por supuesto que en las tradiciones islámicas pueden encontrar una enorme cantidad de discusiones legales sobre este tema.
Noten que todo lo que les he mencionado de las interpretaciones tradicionales muestran que ellas estaban tratando de difuminar las implicaciones legales de esto. Luego les mencionaré lo que necesitan saber sobre lo que las comunidades interpretativas han dicho a partir de esta sura, y luego volveré y hablaré sobre lo que creo que esta sura estaba indicando.
Sigue la sura,
(2) Luego, cuando lleguen al final de su período de espera, o bien las retenéis en forma honorable o las dejáis ir en forma honorable. Y que dos personas justas de vuestra comunidad sean testigos [de lo que habéis decidido]; y dad fiel testimonio ante Dios: a esto se exhorta a todo aquel que cree en Dios y en el Último Día.
Y a quien es consciente de Dios, Él le da [siempre] una salida [de la desdicha],
La primera parte del versículo nos indica que si tanto deciden continuar el matrimonio o terminarlo, deben hacerlo de una forma honorable y con bondad. Los intérpretes tradicionales y los teólogos no se detuvieron mucho sobre el término “honorable”, y la discusión se centró en torno a si el marido podía decidir volver al matrimonio durante el período de espera, con o sin el consentimiento de la mujer. Ahora, en mi opinión no entiendo como puede ser “honorable” que el hombre decida volver al matrimonio, durante dicho período de espera, sin el consentimiento de la mujer, para mí, no tiene sentido el indicar que esa práctica puede tener algo de honorable o bondadosa. En relación a la sección donde se indica que la separación debe ser también de manera honorable o decente, los intérpretes tradicionales indicaron que en particular esto se refiere, desde una perspectiva legalista, a que uno no debe decirle a la mujer unos días antes que termine el tiempo de espera que declara que se revoca dicho período, lo que implicaría que el matrimonio continúa. Esta opinión está basada en una serie de reportes asociados a los compañeros del Profeta (BP) y también a la generación siguiente, en los cuales se menciona esta práctica, la cual era costumbre de los hombres hacerla para acosar y de alguna manera oprimir a la mujer, por lo tanto, los intérpretes tradicionales, indicaron que con esta indicación dicha práctica quedó prohibida.
En este contexto, los más famosos reportes que pueden leer sobre todo el tema del tiempo de espera, y los temas relacionados, son aquello que comúnmente dicen que lo más odiado, dentro de lo permitido por Dios, es el divorcio. Sin embargo, hay un reporte que a menudo no es discutido y que indica que el Profeta (BP) estaba conversando con Mahaz, y que en esa conversación el Profeta (BP) le dice que Dios no ha creado nada sobre la faz de la tierra más amado que “itak”, y que dentro de lo permitido Dios no ha creado nada más odiado para Él que el divorcio. La palabra árabe “itak”, técnicamente, tiene el significado de “liberar a un esclavo”, pero esta palabra también tiene el significado de liberar a un ser humano de una situación opresiva. Así que, por ejemplo, liberar a una persona de una deuda también es "itak". Entonces es muy relevante que se nos diga que no hay nada más amado por Dios que liberar a un esclavo, o liberar a una persona de sus deudas, o liberar a alguien de una situación opresiva. Imaginen que sucedería si escucháramos atentamente la importancia ética de este mensaje.
Esta es una entre otras tantas tradiciones que no ha sido éticamente examinada, lo que significa que los musulmanes no resolvieron ni impulsaron las implicaciones éticas de tradiciones como esta de una manera sistemática y analítica. Esta tradición no es “mutawatir”, es “ahad”, es decir, tiene un solo transmisor en su origen, pero sin embargo, el potencial de la tradición depende del agente que aborda la tradición, me refiero al lector.
La misma sura Al-Talaq, y si Dios quiere espero más adelante explicárselos, puede ser leída de una manera extremadamente legalista. En nuestra mente moderna nos puede parecer como un tema menor todo el asunto del tiempo de espera y donde debe quedarse la mujer por tres meses, lo que no parece un gran tema en nuestra época moderna, pero dependiendo del lector, la sura puede ser entendida como algo que tiene un impulso moral, como algo que tiene un impulso ético, que no se trata sólo de períodos de espera o de períodos de embarazo, sino de una trayectoria moral.
Luego la sura agrega el tema de dos testigos que deben tener un carácter moral y ser personas justas. Los juristas musulmanes pararon y discutieron sobre este tema. El asunto de establecer testigos asociados al asunto del divorcio generó en la sociedad de Medina una enorme resistencia, porque los hombres estaban acostumbrados a que esto se hiciera solo en presencia de la mujer, entonces la idea de que ahora debían declarar el deseo de divorcio frente a dos testigos fue algo que no hicieron, y de hecho en el proceso interpretativo de la ley islámica muchos juristas musulmanes dijeron, a pesar de la existencia de este versículo, que el divorcio no necesita de testigos. ¿Entonces cómo estos juristas entendieron este versículo?, bueno, ellos indicaron que no era el divorcio lo que requería testigos sino que los testigos eran requeridos en el caso que el hombre y la mujer decidieran volver al matrimonio.
Lo que es curioso es que la mayoría de los juristas dijeron que mientras que el tener testigos es algo recomendado, no es obligatorio ni para el divorcio ni tampoco si la pareja decide volver al matrimonio.
Ahora fíjense en el lenguaje al final del versículo, porque en él, Dios nos está diciendo que esto es lo que realmente se nos aconseja hacer si es que somos creyentes.
Algunos juristas han dicho, especialmente entre los de la escuela Hanafi, que el divorcio sin testigos es válido legalmente pero es un pecado.
En general este ha sido un tema muy discutido en todas las escuelas de jurisprudencia.
Luego veamos las capas de temas en el siguiente versículo,
(3) y le provee de una forma insospechada; y para aquel que pone su confianza en Dios, Él [solo] le basta.
Realmente, Dios consigue siempre Su propósito: [y,] en verdad, Dios ha asignado a cada cosa su [plazo y su] medida.
Viniendo del término del versículo anterior, Dios indica que a quién es consciente de ÉL, se le dará una salida de la desdicha, y luego se indica que Dios le proveerá de una forma insospechada, y que quién ponga toda su confianza en Dios debe saber que ÉL es suficiente.
Hay algunos reportes que indican que un hombre fue donde el Profeta (BP) y se quejó por ser pobre y tener muchos hijos, entonces el reporte indica que la respuesta del Profeta (BP) fue: “Sé consciente de Dios y ten paciencia”. En dichos reportes se indica que esa fue la razón de la revelación de este versículo.
Hay otro reporte que dice que un hombre llamado Auf ibn Malik Al-Ashgai fue donde el Profeta (BP) y le dijo que su hijo había sido capturado en un ataque realizado por una tribu que era hostil a los musulmanes, y le indicó que la madre estaba llorando y desesperada. Entonces el reporte indica que el Profeta (BP) le recomendó que él y su esposa repitieran consistentemente: “No hay poder más que el poder de Dios”. Entonces ellos hicieron lo indicado por el Profeta (BP) y perseveraron en repetir esta frase, y en un tiempo se encontraron con que su hijo volvió a ellos. Lo que había pasado fue que su hijo no solo escapó de su cautiverio sino que además logró traerse con él algunas ovejas de la tribu que lo había capturado. Para las leyes de esa época lo realizado por el hijo era algo aceptado dado lo que había realizado aquella tribu al capturarlo. El reporte indica que Auf ibn Malik fue donde el Profeta (BP) a indicarle que su hijo había retornado y le mencionó que lo había hecho con unas ovejas del enemigo, y el Profeta (BP) le indicó que podía mantener las ovejas. El reporte indica que esta fue la ocasión por la cual se reveló este versículo.
Hay otra narración que siempre me ha conmovido, y ella indica que no hay una ocasión particular para la revelación de esto, pero indica que antes que fuera revelada, el Profeta (BP) estaba sentado con Abu-Dhar y que se mantenía repitiendo: “y a quien es consciente de Dios, Él le da una salida”, y mientras el Profeta (BP) lo seguía repitiendo Abu-Dahr, que en esos momentos era un hombre joven, se quedó dormido. Entonces cuando Abu-Dhar se despertó el Profeta (BP) lo miró y le dijo: “Abu-Dhar, si la gente tan solo supiera que esta frase hubiese sido suficiente para ellos”. Con ello el Profeta (BP) quiso decir que ello sería una enorme liberación para las personas.
Luego el versículo nos indica sobre quienes ponen toda su confianza en Dios. Quien pone toda su confianza en Dios, ÉL es suficiente para esa persona.
Si no me equivoco, Al-Ghazzali dijo que Dios sabe que los seres humanos están acostumbrados a la idea de la causalidad, y que su inclinación inmediata es atribuir poder a quienquiera que genere la causalidad en sus vidas. Y que el desafío de los seres humanos es que internalicen que, de hecho, a pesar de la apariencia de que el poder lo tiene quien genera una causalidad, verdaderamente y en última instancia, no se produce ninguna causalidad a menos que Dios permita que se produzca. Dios nos dice esto, no para alentar a las personas a ser fatalistas, sino para consolar los corazones de las personas que ponen toda su confianza y fe en Dios, y que después de que hacen todo lo que pueden en sus vidas, dejan el resultado en manos de Dios. Como les dije, creo que esto lo dijo Al-Ghazzali.
Ahora, con relación a los reportes asociados a la ocasión de esta revelación, en lo personal creo que fueron situaciones que ocurrieron históricamente, pero no creo que alguna de ellas haya sido la ocasión para la revelación de este versículo. Pero noten que este versículo y estas frases se indican en el contexto del divorcio, y ya volveremos sobre esto.
Sigue la sura y nos trae un tema que no fue mencionado en sura La-Vaca,
(4) En cuanto a aquellas de vuestras mujeres que han pasado la edad de la menstruación, y aquellas que no la tienen, su período de espera –si tenéis duda [al respecto]—será de tres meses [lunares]; y para las que estén embarazadas, el fin de su período de espera llegará cuando queden libres de su carga.
Y a quien es consciente de Dios, Él le facilita la obediencia a Su mandamiento: (5) [pues] todo esto es mandamiento de Dios, que Él ha hecho descender para vosotros. Y a quien es consciente de Dios, Él le perdonará sus malas acciones, y le concederá una magnífica recompensa.
En la jurisprudencia islámica ha existido una gran discusión asociada a lo que se entiende por pasar la edad de menstruación. Curiosamente muchos juristas islámicos han indicado que eso sucede a los 55 o 60 años. He leído un libro que habla sobre cómo el ciclo de la menstruación ha cambiado a lo largo de la historia de la humanidad y en distintas culturas, no es algo que siempre ha sido igual. El autor de ese libro lo asocia a temas de la evolución, pero entrega mucha información y detalles de como factores medio ambientales, y psicológicos, han influido en esto. Es un libro muy interesante.
Más allá de la discusión sobre una edad particular asociada a este tema, el aspecto crítico, legalmente hablando, es que es un aspecto individual por revisar caso a caso.
En el versículo se habla de aquellas mujeres que no tienen la menstruación. Ahora, hay un tema legal que ustedes deberían saber, y nuevamente les digo que el tema de las leyes es algo demasiado importante como para dejarla en manos de personas que no son intelectualmente preparadas. Ustedes pueden encontrar en la tradición clásica lo que los juristas dijeron en relación a este tema, y ellos indicaron que el Corán estaba haciendo referencia a mujeres que eran tan jóvenes que aun no menstruaban. Lamentablemente esta opinión ha caído en las manos equivocadas en nuestra época moderna, gente que no piensa y que dice: “Ah, ¡ven!, esta es una evidencia que los hombre se pueden casar con mujeres en su época de pubertad”. Pero la discusión misma que hacen es incompleta, porque sabemos que, como cuestión legal, se supone que un hombre no se puede casar con alguien que no ha llegado a la pubertad, aunque algunos en la tradición clásica dijeron que un hombre se puede casar con una mujer que aún no es púber pero que el matrimonio no se puede consumar hasta que la mujer llegue a la pubertad.
El lenguaje árabe usado en el versículo no necesariamente hace referencia a niñas en su edad anterior a la pubertad, sino a mujeres que por alguna razón no tienen menstruación. Tomar esta expresión e interpretarla para el caso de niñas en sus etapas previas a la pubertad fue algo muy crítico, y que creó todo tipo de asuntos legales. Es claro que de lo que se está hablando, en el contexto de este versículo, es de aquellas situaciones o casos donde surgen dudas en cuanto a la continuación de la menstruación de la mujer, o casos en los cuales por alguna razón la menstruación se ha detenido, y se nos indica que en ambos casos el período de espera es de tres meses, no tres ciclos sino tres meses.
Ahora, si la mujer está embarazada su periodo de espera es el tiempo de su embarazo.
Todo esto nos trae de regreso el asunto sobre la razones y el propósito del período de espera, si su propósito es para generar una reflexión calmada de los involucrados, o si es un período para asegurarse que la mujer no está embarazada.
Luego el versículo 5 hace énfasis en que esto es lo que Dios establece observar, y nos indica que seguir lo que ÉL manda observar significa obtener SUS recompensas.
Sigue la sura,
(6) [Así pues,] dejad que las mujeres [en período de espera] vivan donde vosotros vivís, conforme a vuestros medios; y no las importunéis con ánimo de molestarlas. Y si están embarazadas, gastad en su manutención hasta que queden libres de su carga; y si amamantan a vuestra descendencia [una vez confirmado el divorcio], dadles su [justa] retribución; y deliberad juntos en forma honorable [sobre el futuro del niño]. Y si ambos veis difícil [que la madre amamante al niño], haced que otra mujer lo amamante por cuenta de aquel [que lo engendró].
(7) ¡Que aquel con abundantes medios gaste conforme a su abundancia; y aquel cuyos medios de subsistencia sean parcos gaste conforme a lo que Dios le ha dado! Dios no exige a nadie más de lo que le ha dado –[y quizá,] tras la dificultad, Dios dará facilidad.
La forma general en que el versículo 6 se ha entendido es que durante el período de espera la mujer debe seguir viviendo de la forma en que ella acostumbraba a vivir antes de que se iniciara dicho período, y se indica que no está permitido que el hombre la moleste o que le reduzca el estándar de vida que ella tenía.
También se indica que si la mujer está embarazada el hombre está obligado a mantenerla hasta que ella de a luz. Esta obligación de mantención de la mujer se debe mantener durante el período de amamantamiento. Ahora, este tema en la tradición jurídica islámica derivó en muchas discusiones bastante complicadas debido a lo que el versículo indica a continuación, en cuanto a que si por alguna razón la madre no amamantará al recién nacido ellos pueden buscar a otra mujer para que lo haga.
La discusión en los tafsir tradicionales se centró en el tema del significado de “la retribución por amamantar a la recién nacida”, y el asunto se centró en que la mujer le podía decir al exmarido que ella necesitaba una cierta cantidad de dinero para amamantar, pero el hombre le podía negar la cantidad de dinero solicitada, ante lo cual la mujer podía decidir entonces no hacerlo. Ese fue el enfoque de la discusión en los textos clásicos, pero yo no estoy de acuerdo con ello, no creo que el versículo esté hablando de eso.
Lo mejor que he leído sobre esto indica que cuando Dios usa la expresión árabe: “ua atmirú bainakum bi magrúf” (En la traducción en uso se interpreta como: “deliberad juntos en forma honorable”), es que lo que Dios ama, si es que hay un divorcio, no solo se refiere a si la esposa va a amamantar, o si se necesita una nodriza, sino que se refiere a que durante un divorcio se deben manejar los asuntos según los estándares de decencia, y que la actitud que deben tener el uno hacia el otro es obligarse a aceptar lo bueno y lo bello. Si el divorcio es inevitable, el hombre y la mujer deben esforzarse por ser personas hermosas durante el proceso de disolver el matrimonio, como se suponía que debían serlo dentro del matrimonio.
De nuevo, lo que me impacta de la sura es su trayectoria moral: una persona hermosa dentro del matrimonio y una persona hermosa al divorciarse.
Luego el versículo 7 nos indica que cada uno debe actuar de acuerdo a sus medios. Desde una perspectiva legal uno no debería imponer al hombre una carga financiera superior a la que pueda soportar.
El versículo también nos recuerda de que si estamos en un momento difícil, está en las manos de Dios el resolver esa situación.
En este punto la sura hace un giro para hablarnos de comunidades que desobedecieron las leyes de Dios, y que debido a ello ellas fueron castigadas severamente.
Sigue la sura,
(8) ¡Y CUÁNTAS comunidades se apartaron con desdén del mandato de su Sustentador y de Sus enviados! –y entonces les ajustamos cuentas con un ajuste severo, y les castigamos con un castigo inefable: (9) y saborearon así el mal fruto de su conducta: pues, [en este mundo,] la consecuencia de su conducta fue la perdición, (10) [pero] Dios les ha preparado un castigo [aún más] severo [en la Otra Vida].
¡Sed, pues, conscientes de Dios, Oh vosotros dotados de perspicacia –[vosotros] que habéis llegado a creer!
Dios ha hecho en verdad descender un recordatorio para vosotros: (11) [ha suscitado] un enviado que os transmite los claros mensajes de Dios, para que Él saque de las tinieblas a la luz a los que han llegado a creer y hacen buenas obras.
Y a quien crea en Dios y obre con rectitud, Él le hará entrar en jardines por los que corren arroyos, en donde morará más allá del cómputo del tiempo: ¡en verdad, Dios le habrá concedido una excelente provisión!
En la tradición interpretativa ha existido una tendencia a tomar esta sura hasta el versículo 7 para tener una discusión extremadamente técnica sobre ellos, e indicar que esta parte de la sura es la legalmente relevante, y luego indican que la sura se mueve a un tema distinto, y que tiene que ver con el castigo divino sobre aquellos que no tienen consciencia de Dios.
Bueno, esta ha sido una manera extraordinariamente técnica, tecnocrática y mecánica, de tratar sura Al-Talaq. Pero lo que se olvida en esta mirada es la reflexión sobre lo que fue el impacto y el objetivo funcional social de la sura.
¿Cuál fue el impacto y la función moral de sura Al-Talaq? Dicho de otra forma: ¿Cuáles fueron los problemas de la vida real, de esa sociedad en Medina, que trató esta sura?
Cualquiera que lea la historia islámica sabe que el matrimonio era una institución social, por lo cual era muy extraño que un individuo decidiera contraer matrimonio con otra persona, eran las familias las que decidían los matrimonios, y también era muy extraño que una persona permaneciera por mucho tiempo sin casarse.
Lo que era una práctica generalizada, como ya se los indiqué, es que en el caso de un divorcio el hombre le declaraba a la mujer que el asunto había terminado, declaraba el divorcio, y la mujer debía regresar a la casa de su familia. Nosotros también sabemos que después de sura La-Vaca, aun cuando dicha sura había hablado de todos estos temas en una forma extensa, es innegable que se generó una enorme resistencia social sobre estos temas. Dentro de lo que se resistía era el hecho de que luego del divorcio el marido debiera seguir siendo responsable financieramente de la mujer, dado que indicaban que por siglos lo que hacían los árabes era que la mujer volvía a su familia y era esta quien cuidaba de ella hasta que la familia le volviera a buscar un nuevo marido. Entonces indicaban que así había funcionado por siglos y que funcionaba muy bien, y entonces se preguntaban: ¿cuál es el problema con esto?
Les contaré algo, ¿saben que sucedía si la familia no le encontraba pronto un nuevo marido a la mujer divorciada? El Profeta (BP) lo hacía. Si ustedes estudian la vida del Profeta (BP) es destacable cuan frecuente él, o sus esposas, se hacían cargo de que las personas se casaran, y especialmente ayudaban a aquellos que no tenían raíces dentro de la sociedad. Este es un tema que es impresionante en la vida del Profeta (BP), y que lamentablemente muchos musulmanes no han hablado de ello aun cuando está claramente escrito en las tradiciones islámicas.
Entonces esta sura llegó para nuevamente hablar de los temas legales y para también mencionar nuevamente una serie de principios éticos, y en mi humilde opinión dichos principios son mucho más importantes que los argumentos mecánicos técnicos asociados a la ley del divorcio. De hecho creo, y Dios es quién sabe más, que cualquier intento de “navegar” las leyes sin una comprensión acabada de la trayectoria moral, y de los principios éticos involucrados, sería un proceso fallido y errado.
Entonces, en primer lugar está la educación a esa comunidad de Medina sobre la responsabilidad moral que hay en el proceso del divorcio. En la época preislámica los árabes se relacionaban con el divorcio solo en la medida en que había un costo social debido a la conexión familiar. Lo que quiero decir es que el hombre decía: “hoy aprecio a la familia de mi esposa, pero si surge una disputa entre la familia de mi esposa y la mía, entonces me divorcio de inmediato”. Esto era algo común y se aprecia en numerosas situaciones que están en los registros históricos. En otras situaciones el marido estaba casado con una mujer que provenía de una familia rica y poderosa, pero si al otro día la familia de la mujer perdía su prestigio, inmediatamente la madre del esposo venía y le decía que debía cambiar de esposa, recomendación que el hombre seguía de inmediato, se divorciaba de ella y se volvía a casar con otra mujer.
En la época preislámica el divorcio no se consideraba un gran problema; era importante o no dependiendo de la dinámica social implicada. De hecho, esa fue la razón por la que las narraciones muestran que eran las mujeres las que pedían el divorcio por razones emocionales, típicamente esa razón era dada por las mujeres, no por los hombres, por lo que no tenemos muchos informes de un hombre que dijera: "No soporto a mi esposa y por ello quiero divorciarme". Los informes que tenemos son divorcios que ocurrieron porque la familia del hombre había encontrado un mejor matrimonio para él, y sabían que el segundo matrimonio no era posible debido a que se opondría la familia de la mujer con la que estaba casado.
Entonces todo esto es un elemento muy crítico que Dios nos enfatiza, pero también nos enfatiza todo el tema asociado a que Dios puede hacer surgir algo de todo ello. Como en otra parte del Corán Dios nos dice que algunas veces los seres humanos queremos cosas que no son buenas para nosotros, mientras que en otras ocasiones no deseamos cosas que sí son buenas para nosotros.
Entonces todo esto, lo indicado asociado a la actitud sobre el tiempo de espera, y todas esas tradiciones que nos indican cuánto Dios no desea el divorcio, nos indica que el objetivo de la revelación de Dios sobre estos temas fue realizar un reajuste del comportamiento moral asociados a ellos, fue para lograr un cambio de actitud moral de dicha sociedad con relación a la institución del divorcio.
El divorcio es un asunto serio.
Un tema que no les mencioné es el asociado a que el hombre debe pronunciar tres veces “me divorcio de ti” para que se inicie el proceso. Ha existido una discusión entre los juristas en cuanto si esto se puede hacer las tres veces de una vez, o si se debe hacer en cada ciclo de espera. Muchos juristas han indicado que se puede hacer de una vez, aun cuando hay tradiciones islámicas que indican que el Profeta (BP) no estaba de acuerdo con dicha práctica, de hecho existe una narración que indica que el Profeta (BP) dijo que si él hubiese podido habría prohibido la posibilidad de que un hombre pronunciara las tres declaraciones de divorcio a la vez.
Luego la sura promueve a quienes están involucrados en la dinámica del divorcio a reflexionar que no es del todo un asunto de ellos el cómo deciden sobre ello, sino que también deben reflexionar sobre lo que Dios espera de ellos.
Muchos intérpretes del Corán interpretaron esa expresión asociada a que Dios puede hacer surgir algo de todo ello como una expresión dirigida exclusivamente hacia el hombre. Aun cuando obviamente le está hablando a los hombres, en el sentido que les está diciendo que antes de insistir en el divorcio ellos deberían pensar en que en realidad no saben que resultado es más bendito, y que el divorcio es un asunto serio, y que tal vez ellos en ese momento no ven que hay un camino posible hacia adelante pero en realidad podría haberlo. Pero la expresión claramente también le está hablando a las mujeres, y les está indicando que si el trauma de esa situación las impacta de una manera tal que las lleva a pensar de una manera u otra en términos absolutos y draconianos, deben saber que la naturaleza misma de lo que se le exige a un musulmán es ser siempre moderado en la forma en que enfrenta los desafíos de la vida, ni llevado al júbilo y a las afirmaciones grandilocuentes, ni tampoco a la desesperación, y que deben saber que siempre todo está en la mano de Dios, y que si hoy algo parece oscuro, mañana podría ser un asunto completamente diferente.
Otro asunto es que creo que desde la perspectiva moral es bastante intencional cuando la sura se refiere a “sus casas”, cuando habla de las mujeres. Muchos juristas musulmanes discutieron sobre esta expresión pero creo que lamentablemente no vieron cual era el asunto principal asociado a este aspecto. Este era un tema bastante ajeno a lo que las personas de la sociedad de Medina tenían en mente, porque la casa era comprada por el hombre y le pertenecía, y eso era lo que determinaba todo el asunto.
No se puede ignorar el hecho de que el Corán trata este tema para superar esa barrera moral, y se refiere, de hecho, a estos hogares conyugales utilizando, en el lenguaje árabe, una forma gramaticalmente femenina para referirse a la pertenencia de las casas.
Luego se nos entrega el tema de los testigos durante el proceso del divorcio exigido por esta sura, lo cual fue resistido por la cultura de la sociedad de Medina. El establecimiento de los testigos fue una barrera y una suerte de impedimento a la fuerte discrecionalidad que existía, a favor del hombre, en la acción del divorcio cuando este era emprendido.
La sura nos indica que esta es la advertencia de lo que Dios nos indica que debemos hacer, pero esta instrucción divina se diluyó en la ley islámica y fue completamente ignorada por muchos juristas musulmanes.
Si Dios en esta sura viene y dice que hay un período de espera, que la mujer no debe volver a la casa de su familia durante el período de espera, que si la mujer está embarazada no puede retornar a la casa de la familia durante todo su período de embarazo, que el hombre es responsable financieramente de la mujer durante su período de espera, entonces la trayectoria moral de todo esto es la otorgaciones de derechos a la mujer, en una situación y contexto en el cual no los tenía. Lo que hizo el Corán fue otorgarle derechos a la mujer.
Pero aquí hay una pregunta: ¿Observan que exista algo en sura Al-Talaq que diga que la mujer no pueda tener derecho a permanecer en la casa conyugal más allá del período de espera?, ¿observan que exista una prohibición a la mujer para permanecer en la casa conyugal más allá del período de espera?, ¿ven ustedes algo en sura Al-Talaq que prohíba una obligación de manutención más allá del período de espera o una obligación de manutención más allá del período de embarazo?
En esta trayectoria de otorgación de derechos a las mujeres ustedes pueden observar una lección ética, y ustedes deben ver la ley como un proyecto ético.
Entonces, si acá el principio es que el divorcio es algo muy serio, y que el divorcio debe tener testigos, si en nuestra época moderna el estado de un país viene y dice: “Antes de divorciarse hay un período de asesoramiento prescrito”, ¿es esto necesariamente contrario al Corán?
Si tú dices: "En nuestra época moderna es un asunto de suma importancia y gravedad expulsar a alguien de su hogar, y no es lo mismo si existe, o no existe, una familia a la que la mujer pueda regresar", o si consideras, como ha sucedido en jurisdicciones musulmanas como Irán, las contribuciones financieras que una mujer ha hecho a la casa conyugal, incluyendo el trabajo no remunerado que ella realiza, y que influyen en la evaluación de la propiedad de una vivienda, entonces en estas situaciones el tema que la mujer debe abandonar la casa luego del período de espera se debe revisar.
Si consideramos estas leyes indicadas por el Corán como el límite superior de los derechos de las mujeres, aunque fueron muy significativos en la época y en la sociedad que se revelaron, nos engañaríamos si dijéramos que lo son en nuestra época. Si ese es el límite superior, entonces no son significativos en absoluto en nuestra época. Pero si consideramos el mensaje moral del Corán, y consideramos la ley como un medio para otorgar derechos en una situación y un contexto determinado, y si consideramos que Dios nos está enseñando y es como si nos estuviera diciendo: "Así es como empoderé a las mujeres en este momento, ahora les toca a ustedes descubrir cómo funciona el empoderamiento en vuestra época", entonces, se genera una actitud muy diferente de parte nuestra hacia esta sura. Porque fíjense que entonces, si es de esta última forma como abordan el desarrollo de la ley, observarán que la primera mitad de la sura se conecta de manera fluida, racional y ética con la segunda mitad de esta sura.
¿Por qué?
Porque observen donde está el foco en la segunda parte de la sura. Se nos indica que sufriremos enormemente si ignoramos las enseñanzas de nuestro Señor. Luego se nos indica que debemos ser conscientes de Dios y no ignorar lo que ÉL nos indica. Posteriormente nos menciona que nos ha enviado al Profeta (BP) para sacarnos de las tinieblas y llevarnos a la luz, y acá debemos hacer una pausa y reflexionar: Si Dios nos está indicando el tema del tiempo de espera, y de dar manutención a la mujer en el tiempo de espera y en el embarazo, y el resto de las cosas, y esto lo tomamos como un límite superior de derechos a la mujer, ¿les suena esto a sacarnos de las tinieblas a la luz? Pero sí pensarás que lo está haciendo si de hecho consideras que Dios nos está educando y diciéndonos: "Observen, así es como empoderé a las mujeres en este momento, aprendan la lección, no ignoren la dinámica instructiva, no ignoren la ley como un instructivo para lograr lo ético y moral".
Los invito a volver a leer la sura, y releerla de nuevo, y luego orar a Dios para su comprensión. No tendría mucho sentido lo que esta sura nos está diciendo si las mujeres de nuestras sociedades actuales, en las dinámicas actuales de la institución marital, el divorcio y la manutención, carecen de derechos significativos, y no son atendidas y protegidas. Si en nuestras sociedades existe una dinámica inadecuada que aborde las preocupaciones de la mitad de su población, que son las mujeres, entonces estamos en la oscuridad. Si queremos pasar de la oscuridad a la luz, y no caer en el fracaso moral, debemos aprender la lección que nos entrega Dios.
Aprendan la lección que no se trata de los tecnicismos del período de espera, y no estoy diciendo que el período de espera no sea importante, sino que lo que les estoy diciendo es que aprendan cuál era el propósito moral de esta sura, pero solo pueden comprender esto si comprenden la circunstancia histórica que esta sura abordó, y contra lo que ella se oponía. Entonces tiene perfecto sentido que Dios nos advierta sobre el fracaso moral al establecer las reglas en la primera parte de ella, y en la segunda nos mostrara su propósito moral. Entonces esta sura es como una interpretación armoniosa; ya no hay una primera y una segunda mitad, ahora hay un mensaje completo y armonioso.
Esta sura nos entrega un énfasis en la instrucción moral en todos estos temas asociados al divorcio. Tengan en mente que no es correcto mentir durante la situación de un divorcio, que por lo demás es algo que muchas parejas musulmanas y no musulmanas hacen con mucha frecuencia. Tú puedes encontrar que cuando las parejas llegan al divorcio, incluso gente que se dice muy piadosa, cree que mentir sobre su dinero, sus ingresos, y sus bienes materiales, no es un pecado, siendo que la sura claramente nos indica que esa no es la conducta que Dios espera, y de hecho el decir la verdad es una forma de atestiguar, y atestiguar falsamente es un pecado.
Las personas hacen todo tipo de cosas durante sus divorcios porque creen que tienen el derecho para fastidiar al otro, para expresar su enojo y frustración, para expresar sus quejas de mala forma, pero Dios viene y te dice que de hecho, si tú quieres tener algo como tu verdadero punto de apoyo y anclaje, el tema del divorcio no tiene que ver con los muebles, la propiedad, sino que se trata de tener consciencia de Dios, y someterse y obedecer SUS mandatos.
La manera en que en general las parejas llegan al divorcio es como si fuera un combate, es como si no hubiera vida después del divorcio, entonces Dios viene de una forma muy humanista y tierna con este destacable y psicológico recordatorio, y nos indica que de hecho es en momentos como estos en los cuales las personas deben recordar que Dios es suficiente, y que todo lo que en definitiva resulte está en las manos de Dios.
Normalmente la gente cuando se desespera se vuelve bruta y pierden toda su ética, y una de las principales lecciones de sura Al-Talaq es que eso debe ser evitado por el creyente, no puede perder su comportamiento moral y ético, no hay espacio para ello, no es la actitud para un ser humano creyente.
Noten el repetido énfasis a lo largo de toda la sura de no usar el divorcio como una herramienta de abuso, o como una herramienta para acosar o dañar al otro.
Les insisto que ustedes pueden ver todo lo indicado por la sura como el tope superior de lo que se debe hacer y entonces decir: “bueno, el hombre tiene en su mano el poder de pedir el divorcio y la sura básicamente le indica a los hombres que no deben abusar de su discreción”, pero ustedes también pueden ver esta sura como un objetivo moral, y que Dios los está empoderando para hacer todo lo que puedan para remover cualquier cosa en el proceso que podría llevar a generar opresión, pérdida de dignidad, y sufrimiento en la otra persona, y que si no hacemos eso entonces hemos fallado en nuestra misión moral, y debido a ello no hemos podido emerger desde las tinieblas hacia la luz.
¡El rol del lector es la clave! Déjenme reformular esto para ustedes. Imaginen que soy un lector de esta sura, y digamos que soy un misógino malhumorado, y entonces digo: “bueno, sí, el hombre tiene el derecho de divorciar a la mujer, el divorcio está en manos del hombre, eso está muy claro, de hecho el Corán le habla al Profeta (BP) cuando divorcie a las mujeres, por lo tanto le está hablando a los hombres y entonces está en sus manos y eso no cambia nunca. Bueno, el tiempo de espera es de tres meses, está bien, pero después de eso, ¡fuera de la casa!, bueno, y si no tiene a su familia es su problema. El Corán me dice que durante el periodo de espera no la acose ni la moleste, está bien, pero después de eso no me importa lo que le pase. ¡Ah!, y si está embarazada, bueno, que tenga su hijo, pero una vez que lo tenga, ¡fuera de la casa!, que viva en la calle si no tiene a su familia que la acoja.” ¡El lector es clave!, ¡El lector es clave!, ¡un lector inmoral producirá un resultado inmoral! ¡No se engañen a ustedes mismos! Muchos musulmanes se engañan a sí mismos y dicen: “pero si es el texto”. Un lector con ética leerá el texto y con su esfuerzo encontrará el mensaje ético, y leerá esta sura desde una perspectiva completamente diferente.
La sura es un documento educacional que promueve la equidad, la igualdad, la humanidad, la bondad, la benevolencia, la misericordia, la comprensión. La ley positiva que encuentran en la sura no es el objetivo último de ella, es simplemente un paso en el camino.
Hay un tema interesante sobre sura Al-Talaq y que no tiene relación con todo lo que hemos discutido, y tiene que ver con el versículo 12.
Sigue la sura,
(12) DIOS es quien ha creado siete cielos, y otras tantas tierras. A través de todos ellos desciende, incesante, Su voluntad [creadora], para que sepáis que, ciertamente, sólo Dios tiene poder para disponer cualquier cosa, y que en verdad Dios abarca todo con Su conocimiento.
El versículo nos habla primero de siete cielos, y nosotros hemos dicho antes que en el lenguaje árabe el “siete” puede significar “una multitud”, pero luego noten que dice: “otras tantas en la Tierra” ( Acá se produce una diferencia con la traducción en uso en la cual se interpreta la expresión árabe como: “otras tantas tierras”, generando la idea de otras Tierras). Esto nos lleva a todo ese tema medieval en el cual los intérpretes de esa época indicaron que así como hay siete cielos, hay siete capas o niveles en la Tierra, e incluso ellos, consistentes con la creencia medieval, indicaron que entre las siete capas que conformaban la Tierra había agua y aire, y que los niveles internos de la Tierra estaban todos habitados por criaturas. Ustedes pueden leer en varios tafsir de esa época que indican que Ibn Abbas había dicho que Dios había creado capas en la Tierra, y que en cada capa de ella hubo un Adán y Eva como los que hubo en su superficie, y que en cada capa de ella hubo un profeta Abraham (BP) como el que hubo en su superficie, y que en cada capa de ella ha habido un profeta como los hubo en su superficie.
Bueno, ustedes se podrán preguntar: ¿Bueno, cuál es la importancia de este debate?
La suposición era que había seres en esas capas o niveles internos de la Tierra, y que esos seres podían ser ángeles, jinss, u otras criaturas, y que ellos tenían su propio Adán y Eva, que tenían sus propios profetas, y que la profecía del profeta Muhammad (BP) era vinculante sólo para la capa exterior de la Tierra. Ahora, nosotros sabemos, y creo que es una correcta suposición, yo no soy geólogo, que no existen seres viviendo en capas internas de la Tierra, pero algunos entendieron esto. Ahora, esto se vuelve uno de esos conceptos peligrosos cuando algunos eruditos entendieron esto, cuando Dios dice: “y otras tantas en la Tierra”, no como niveles en las capas interiores de la Tierra sino como una referencia a los continentes en la superficie de ella. Ahora, incluso si fuera una referencia a los continentes de la Tierra, entonces ¿lo que se reportó que dijo Ibn Abbas sigue siendo cierto, que hubo un Adán y Eva en cada continente, y un profeta Abraham (BP) en cada continente?, porque las implicaciones de esto son muy peligrosas, porque entonces el mensaje de cada profeta no sería universal.
Si ustedes leen en la tradición teológica islámica, uno de los aspectos sobre los cuales se discute, es precisamente esto.
Bien, yo creo, claramente, que el versículo se refiere a que la Tierra está conformada por capas que se sobreponen una encima de otra, y que es lo que se observa realmente hoy en día, que hay un núcleo y que sobre él luego hay literalmente capas que lo circundan.
Todo ese debate que los orientalistas han resaltado sobre seres en las distintas superficies, y los siete continentes, y si el mensaje de Muhammad (BP) aplica solo al continente donde él vivió, o si el interior de la Tierra está habitado por jinss, que es una creencia que persiste hoy en día en algunas sociedades musulmanas, todo ello es parte de las curiosidades históricas que no tienen una importancia realmente seria en nuestra época.
Bueno, gracias a Dios el Señor de todos los universos, eso es sura Al-Talaq.